IV.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedente expuestas, éste TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR de MEDIDAS de los MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES y PENÍNSULA DE MACANAO de la CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN de la INSTANCIA en el presente juicio que por INSERCIÓN DE ACTA de defunción, intento la abogada JOVITA ZAMBRANO CÁCERES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.857.825, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.882 y de este domicilio, actuando bajo la condición de Apoderado Judicial del ciudadano FERNANDO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-3.247.662, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay c.....