ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procedió a nombrar a los ciudadanos EDUARDO JOSE GUAREMA, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.244.756, y la ciudadana PETRA MARIA LUNA BRITO, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.824.842, como escabinos principales, en atención al orden en que se produjeron los sorteos donde resultaron seleccionados. Seguidamente se procedió a tomarles el juramento de ley, quedando formalmente constituidos como JUECES ESCABINOS para el conocimiento de la presente causa, signada con el Nº OP01-D-2009-000408, instruida contra del adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia se fija la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO PARA EL DÍA MIERCOLES, 03 DE FEBRERO DEL 2010 A LAS (08:00) HORAS DE LA MAÑANA. Quedan las partes presentes notificadas de lo decidido, ofíciese lo conducente, de conformidad con lo ordenado en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, Es todo, se termino, se ley.....