TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos de conformidad con lo establecido en los artículos 583 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: PRIMERO: Declara culpable al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS que encuadra dentro de los supuestos del Articulo 418 en relación con el articulo 420 ambos del Código Penal, y así se declara, en consecuencia, corresponde a este juzgado aplicarle inmediatamente la sanción, para lo cual, quien aquí decide toma en cuenta la proporcionalidad e idoneidad de la medida , así como la edad del adolescente y su capacidad para cumplirlas, es así como le impone el cumplimiento de la siguiente:1.-) IMPO.....