éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante apelante, ciudadana GRECHEM SANIA MARTINEZ FAJARDO, a través de sus apoderados judiciales, Abogados en ejercicio JOHN BOURGEON Y JEANNE MARIE BOURGEÓN. SEGUNDO: Se revoca la decisión publicada en fecha 21-07-2011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por la Ciudadana GRECHEM SANIA MARTINEZ FAJARDO, en contra de las empresas DIAGEO VENEZUELA, C.A., y V.I.P. MODELS, C.A., en consecuencia, se condena a las empresas demandadas DIAGEO VENEZUELA, C.A., y V.I.P. MODELS, C.A., al pago de los siguientes conceptos: Antigüedad e Incidencia, art. 108 LOT, 237 días, un total de Bs. .....