Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, y se encontraban presente las ciudadanas Eynna Hercilia Semprum Torres, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 15.595.797 y Rosa Carolina Hurtado, identificada con la cédula de identidad Nro. 12.529.098 en su condición de ocupantes del inmueble objeto de la medida a quienes se le notificó de la misión del Tribunal, previa lectura del exhorto que encabeza las presente actuaciones, quienes manifestaron llevarse sus pertenencias bajo su cuenta y riesgo, suministrándole el Tribunal el transporte para el traslado de los mismos. En este estado, el apoderado judicial de la parte actora Dr. Gustavo Barreto Rodríguez antes identificado, expone: Respetuosamente solicito del Tribunal, me efectué la entrega material real y efectiva del bien inmueble constituido por la casa antes descrita, y así mismo se fije el correspondiente cartel. Es todo. Visto lo expuesto por el apoderado judicial de la parte actora El Tribunal hace formal entrega mat.....