Cumplidas las formalidades de Ley, como fue la notificación de la Fiscalía del Ministerio Público con Competencia en materia de familia, el cual dio su opinión favorable mediante diligencia suscrita por el abogado PEDRO LINARES, titular de la cédula de identidad N° V-11.301.579, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.254, en su condición de Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, y siendo ésta la oportunidad legal para dictar sentencia, este Tribunal lo hace en base a las siguientes consideraciones:
PRIMERA: la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ALIRIO SEGUNDO BOSCAN y DELFINA RIVERO DE BOSCAN, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.092.271 y V.-5.825.384, respectivamente, domiciliado el primero en Maracaibo, estado Zulia y la segunda en Valle Verde, Municipio García del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, se fundamentó en la ruptura prolongada de la vida en común y .....