DECISIÓN
Con base a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra el ciudadano LUIS ANTONIO DIAZ AGUILERA de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, ordinal 3º, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48, ordinal 8º Ejusdem del Código Penal Vigente.
Notifíquese a las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 163 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese y archívese copia de la presente decisión.
LA JUEZA PROVISORIA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 2
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