Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente y en consecuencia, da por concluido el procedimiento. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-