este Tribunal de Juicio con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal, contra el ciudadano JULIO CESAR LEON GOMEZ, ya identificado, a los fines de su localización y captura para garantizar su comparecencia al juicio oral, para que una vez aprehendido sea puesto a la orden de este Tribunal de Juicio Especializado y se le de continuidad al proceso penal instruido en su contra. Líbrese Oficio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a la Coordinación del Servicio Administrativo den Identificación Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia del estado Nueva Esparta y a la Coordinación Regional e Insular, Puntos de Control Migratorio.....