Se declaró sin lugar la demanda por desalojo, intentada por la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del articulo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, por no haber demostrado la parte demandada la necesidad que alegada de ocupar el inmueble arrendado de su propiedad. Se condenó en costas a la parte demandante por haber sido todalmente vencida en el proceso.