DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE, y en consecuencia CONDENA, al ciudadano ANGEL RAMON MARCANO LEON, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 08 de noviembre de 1962, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.436.453, residenciado en la Calle Isaac Gómez, casa S/N colore verde, San Antonio, Sector Este, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de CINCO (05)AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, en relación con el segundo aparte del artículo 80, ejusdem, en perjuicio de la ciudadana DORIANA GALLARDO DE TANCREDI. Pena principal que finalizará apro.....