IV. DECISION:
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Expresa Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la OPOSICION propuesta por el ciudadano GENARO LUCIANO CRETELLA, venezolano, mayor de edad, comerciante, de este domicilio, portador de la Cédula de Identidad N° V-7.955.155, en contra de la Medida de Embargo practicada en fecha 21 de Diciembre del 2.002, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas comisionado por este Despacho.-
SEGUNDO: Se suspende la Medida de Embargo Preventiva decretada por este Tribunal en fecha 17 de Enero de 2.002 sobre el Vehículo Placa ACU 92K, Serial de Carrocería: 8YCCL824XJV057623, Serial de Motor: 6 CILINDROS, Marca JEEP, Modelo CJ-WRANGLER C/L, Año: 1998, Color Rojo, Clase: Rústico, Tipo Techo Duro, Uso Particula.....