Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y vista la solicitud de la Defensora Dra. LAURA VILLABONA RONDON, plenamente identificada en autos, este Tribunal evidencia que el escrito sellado como recibido por la Fiscalia realmente no corresponde ni al acusado en el presente asunto ciudadano GREGORY JOSE VASQUEZ MARVAL, sino que corresponde a otra persona, y que por error involuntario del Alguacilazgo fue agregado en el presente asunto, cuando lo correcto era agregarlo en el asunto N°OPO1-P-2010-03716. En virtud de lo cual, este Tribunal para subsanar este error material Acuerda el Desglose del escrito sellado como recibido que corre a los folios 109 al 111, y en los mismos folios antes relacionados se dejara copia fotostática debidamente certificada por secretaria, a los fines legales consiguientes. Se Ordena la entrega del mismo escrito una vez que conste en autos la sustitución por la copia certificada por secretaria del mismo, y en uso de las facultades .....