TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Declara culpable al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, que encuadra dentro de los supuestos del Artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, y Así se Declara. En consecuencia, corresponde a este juzgado aplicarle inmediatamente la sanción, para lo cual, quien aquí decide toma en cuenta el contenido del articulo 683 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y las pautas establecidas en el articulo 622 ejusdem, es así como le impone como sanción la PRIVACION DE LIBERTAD, prevista en el parágrafo segundo del artículo 628 de la .....