la Ley H O M O L O G A en todos y cada uno de sus términos el acuerdo de: Obligación Alimentaria, a favor de su hija OMITIDO CONFORME A LA LEY de siete meses de nacida suscrito en fecha 06-02-2.007 por los Ciudadanos: DELVALLE ENISMAR AMELIA CUMANA FIGUEROA y JHOAN ALEXANDER RIVERO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-17.112.735 y V-16.827.624 respectivamente, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada