esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana ALEJANDRA MARÍA CASTILLO SALAZAR, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.477.227, en beneficio de su hija, la niña (omitido conforme a la Ley). SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana ALEJANDRA MARÍA CASTILLO SALAZAR, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte que requiere la niña (omitido conforme a la Ley). Quedando entendido que la presente no autoriza a la niña en referencia para viajar fuera del país. Certifí.....