Por los razonamientos constitucionales, legales, jurisprudenciales y doctrinarios antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ANULA EL AUTO DE ADMISIÓN de fecha 29 de enero de 2013, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en los Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de la demanda de Prescripción Adquisitiva incoada por los ciudadanos EUDYS JOSEFINA RODRÍGUEZ DE LÓPEZ, EMILIANO RODRÍGUEZ y COSME ADOLFO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.476.401, V-4.652.309 y V-3.822.265, representados judicialmente por los Abogados FRANK JOSE BRITO YNDRIAGO, RODOLFO ENRIQUE CARABALLO NARVAEZ, SANIRA VIRGINIA MOYA MALAVE, ELADIO RAFAEL MOYA HERNANDEZ, MIGDALIS JOSEFIN.....