Esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana CLAIRE LIBERTAD MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. V-12.576.591, madre de las hermanas "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", asistida de la Defensora Pública Segunda de Protección, Doctora Maria Celeste de Castro. SEGUNDO: Decretar Medida De Autorización Judicial para viajar fuera del País, específicamente a la ciudad de Lisboa, Portugal, a las hermanas "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", en compañía de su madre ciudadana CLAIRE LIBERTAD MORENO, antes identificad.....