Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el literal "e" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, Declara HEREDERA de la finada ZULMARY COROMOTO DELPINO, quien fuera venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.301.418, a su hija la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) anteriormente identificados. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Circuito Judicial. Désele cumplimiento a lo ordenado.