EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Conforme a las solicitudes de las partes Defensa Publica y representante de la Fiscalia del Ministerio Publico ACUERDA EL DIFERIMIENTO de la Audiencia Preliminar en el presente proceso seguido en contra de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, para que tenga lugar el día MIERCOLES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE (2007), A LAS NUEVE Y MEDIA HORAS Y MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 A.M.). SEGUNDO: En cuanto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de que no compareció a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy, siendo debidamente notificado por este tribunal, tal como consta al folio (202) del presente asunto, encontrándose presente su defensora y no justificando el motivo de su incomparecencia se acuerda la Ubicación Inmediata conforme a lo dispuesto en el articulo 617 de la Ley Orgánica para Protección del Niño y .....