Obligación de Manutención: "El padre aportará la cantidad de CUATROCIENTOS (400,00) BOLIVARES MENSUALES, en partidas quincenales de DOSCIENTOS (200,00), más la mitad (50%) de los gastos de medicinas, médico y exámenes, ticket escolares, merienda, ropa y calzado cuando sea necesario, el Bono Escolar y Bono de Navidad el padre cubrirá el 50% (mitad) de los gastos ocasionados por concepto de útiles escolares, uniformes, vestuario y calzado del mes de Diciembre y regalos, el padre cancelará el 25% del monto del colegio del niño." "Régimen de Convivencia Familiar: "De manera voluntaria me comprometo ante este Despacho a establecer un Régimen de Convivencia Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en beneficio de mi hijo ROBERT JESUS CAZORLA VELASQUEZ, de cinco (05) años de edad, de la siguiente manera: Fines de Semana de manera alterna, un fin de semana el día sábado y el otro el día domingo, en horar.....