V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de COBRO DE BOLÍVARES (TRÁNSITO) interpuesta por el ciudadano JOEL JOSÉ RODRÍGUEZ debidamente asistido de abogada, en contra de la ciudadana MONICA FORT MAGNO, plenamente identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada, ciudadana MONICA FORT MAGNO pagarle a la parte demandante, ciudadano JOEL JOSÉ RODRÍGUEZ, la cantidad de OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 8.500.000,00), que equivale a los daños materiales antes identificados.
TERCERO: SE DESESTIMA la indemnización por concepto de daño material indirecto (daño emergente) por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES E.....