Por todas las consideraciones precedentemente expuestas esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la Ciudadana MIRNA DEL VALLE NAKAD, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.788.918, debidamente asistida por Defensoría de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio García de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se fija definitivamente por concepto de Obligación Alimentaria a favor de los Hermanos identidad omitida, la cantidad equivalente al 20% del sueldo integral mensual devengado por el padre, Ciudadano FRANCISCO JOSE ARROYO CONTRERAS, titu.....