la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE MANUEL BARRETO y LUISANEL JOSE GONZALEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.249.799 y V-12.919.247 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 27-12-1.995, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Arismendi del Estado Nueva Esparta.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial Del Estado
Nueva Esparta, En la Asunción, a los Catorce (14) días del mes de Febrero del 2007.- Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Juez Unipersonal Nº 1 (SE)
Dra. Eudy Díaz Díaz
El Secretario Temporal
En la misma fecha, siendo las 2:30 de la tarde, se publicó la ante.....