En consecuencia, vistas las anteriores consideraciones, este Tribunal de primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección Adolescentes de Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de Ley:
PRIMERO: ORDENA LA CAPTURA del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), conforme a lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a través del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación de Porlamar del Estado Nueva Esparta, al Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), Instituto Autónomo de Policía de Mariño y al Destacamento N° 76 de la Guardia Nacional, a quienes se les comisiona para lograr la captura del mencionado adolescente acusado, y una vez ubicado, deberá ser trasladado a la sede de este Despacho Judicial en horas de audiencia, a los fines de ser oído y de tomar las medidas de aseguramiento pertinentes.
SEGUNDO: ORDENA CIT.....