la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JAIME RAMON HERNANDEZ RODRIGUEZ y ADELA MARGARITA ORTEGA FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.308.680 y V-10.817.138 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 14-09-1.990, por ante la Prefectura de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador de la Ciudad de Caracas-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial Del Estado
Nueva Esparta, En la Asunción, a los Trece (13) días del mes de Febrero del 2007.- Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Juez Unipersonal Nº 1 (SE)
Dra. Eudy Díaz Díaz
El Secretario Temporal
En la misma fecha, siendo la.....