Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA DECISION JUDICIAL, interpuesta ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, actuando en Sede Constitucional, en fecha veinte (20) de Junio de dos mil siete (2007), por los Accionantes ¿ Presuntos Agraviados Ciudadanos Jesús Rodríguez Caraballo y Zoraida Gamboa De Rodríguez, a tenor de lo previsto en las normas contenidas en los respectivos artículos 21, 25, 26, 27, 49 numeral 1º, 115 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el dispositivo legal consagrado en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la decisión judicial (Auto) pronunciada por el Pre.....