DE LA ADMISIBILIDAD
Este Instancia Agraria pasa a pronunciarse acerca de la admisión o no de la presente solicitud de Inspección Judicial –extrajudicial-, presentada por el ciudadano RAYNER RAFAEL SALAZAR DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.847.053, domiciliado en el Sector "EL DATIL", Municipio Díaz, del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, asistido por el Abogado Luís Miguel Rojas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 55.280, en su condición de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, lo cual de seguidas pasa a realizar, y al respecto observa, lo siguiente:
La disposición contenida en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, contempla los requisitos que deben cumplir las demandas y/o acciones agrarias, a que se refiere el Capítulo VIII, indicadas en el Título V del precitado Instrumento Legal, los cuales .....