"En tal virtud esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos EUGENIO RAMON LAREZ y AUDELYS MARIA ZACARIAS FRONTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.197.917 y 12.674.118 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio MARHEIRYS DEL VALLE MEDINA ZACARIAS, inscrita en el inpreabogado bajo el número 161.363, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 06.04.1998 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 6, inserta en el folio 6 y su vuelto del Libro de Matrimonios llevad.....