DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la Medida Cautelar Innominada Especial de Protección a la Continuidad de la Producción Pecuaria, decretada por este Tribunal Agrario en fecha 23 de febrero de 2015, formulada por el abogado Luís Rafael Perfecto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 22.501, en su condición de apoderado judicial de la parte opositora, el ciudadano CESAR JOSÉ DEL VALLE MALAVÉ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.953.929, a favor de la actividad productiva agrícola y pecuaria desarrollada por el ciudadano Jóvito José Villarroel Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº V-8.393.545, sobre el lote de terreno de.....