En el presente caso, observa el Tribunal que para el día 17.06.16, fecha en que fue interpuesta la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las 3.000 unidades tributarias, la cual para ese año era de ciento setenta y siete bolívares (Bs. 177) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en libelo de la demanda, equivale a la cantidad de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y OCHO UNIDADES TRIBUTARIAS (28.248.48 UT), monto éste que permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 27.09.2017 (f. 248) por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la par.....