En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Juez Unipersonal Nº 2 Temporal, de la Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA: Primero: CON LUGAR la solicitud de Medidas Sobre Guarda, incoada por el Ciudadano LEOMAN JESUS NARVAEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.919.822 debidamente asistido por la Dra. DALIA CARRILLO PRATO, Fiscal Sexto del Ministerio Público y visto lo manifestado por la Ciudadana SILVIA MARGARITA NARVAEZ MARIN, venezolana, de mayor edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.190.513, en tal sentido, el padre ejercerá la Guarda sobre sus hij.....