En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana BENILDE MARGARITA QUIJADA DE FERNÁNDEZ , contra el ciudadano EFRAIN RAMON BRITO, por falta de pago de los cánones de arrendamiento de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2009; y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del año 2010.
SEGUNDO: Se declara procedente el desalojo del inmueble, apartamento Nº 4 ¿ D, piso 2, en el Edificio Ferqui, situado en la Calle Narváez, entre las Calles Guilarte y Lárez de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, por parte del ciudadano EFRAIN RAMON BRITO, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad personal Nº V- 2.167.061.
TERCERO: El demandado deberá pagar la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.600,00) que comprende la sumatoria de los cánones de arrendamiento de los meses de que van des.....