Revisadas las actas que conforman el presente asunto, y por cuanto se evidencia que el PENADO KELVIN CEDEÑO ROMERO, venezolano, natural de Porlamar, nacido el 03 de Diciembre de 1.984, de 24 años de edad, de profesión obrero, titular de la cedula de identidad numero V-19.116.290, residenciado en el sector la Guardia, calle Bello Monte, casa sin numero con salpicadura de cemento, cerca de la bodega nueva, Municipio Díaz de este Estado, extinguió totalmente el tiempo de su condena, de CUATRO (4) AÑOS NUEVE (9) MESES y canceló la multa impuesta de 12,5 U.T , se ordena el archivo de este expediente.
Cúmplase.
El Juez de Ejecución
El Secretario
Abg. Jaqueline Márquez
4:36 PM
Seguidamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, se remitieron las presentes actuaciones en original al Archivo Judicial, constante de .