éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa FORTUNA TRAVEL CLUB C.A., a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio ANTONIO GONZALEZ ABAD. SEGUNDO: Se anula el acta dictada en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil doce (2012) por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, por no estar ajustada a derecho, en consecuencia se repone la causa al estado de que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, dicte sentencia motivada y razonada haciendo uso de la facultad establecida en la Ley de fijar definitivamente la estimación a los fines de no violentar la Tutela Judicial Efectiva. TERC.....