En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:----------------
PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-"A", del Código Civil, presentada por los ciudadanos CARLOS ALEXANDER TILLERO RAMOS y ESTRELLA DEL VALLE RODRIGUEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 13.541.607 y V- 16.547.961, respectivamente, --------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, El vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha primero (01) de Abril de 2005, ante la Prefectura Civil de la Parroquia Aguirre, del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta en acta de matrimonio inserta bajo el nro. 07.....