Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JULIAN JOSÉ BRITO, en contra de la sociedad mercantil NEXUS CONSULTORES, C.A, CONSORCIO CREDICARD C.A, BANCO MERCANTIL, C.A. y JOSÉ POLIZZI en el Asunto signado con el No. OP02-L-2008-000591, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión.-