DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXXXX, soltero, nacido en fecha XXXXXXXXXXXXX, de 18 años de edad, de profesión u oficio indefinido hijo de los ciudadanos: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por el delito de Lesiones Intencionales Gravísimas, prevista y sancionado en el articulo 416 del Código Penal venezolano y declara extinguida la acción penal, así mismo el cese de las medidas cautelares de las contenidas en el articulo 582 literales a y d de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuestas al adolescen.....