El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano EDUARDO JAVIER CORDERO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.264.026, sobre un vehículo marca: SUZUKI, año: 2009, modelo: GN125, tipo: PASEO, clase: MOTOCICLETA, uso: PARTICULAR, color: AZUL, serial de carrocería: 81ANF41B79V112675, serial de motor: 157FMI-3A1T57962, placas: AC7T66A.