por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se dicta MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR a favor de la niña (omitido conforme a la ley), en el hogar de los ciudadanos NERIS COROMOTO MEZA DE MALDONADO y LUIS ALFREDO MALDONADO OBANDO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 14.589.128 y 9.475.863 respectivamente y domiciliados Av. 4 de Mayo con Calle Narváez, Casa No. 15-24 al lado de la tienda CLOUDS, Porlamar Estado Nueva Esparta, por lo que dichos ciudadanos tendrán la guarda de la mencionada niña de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y serán sus Representantes tanto en las Instituciones Educativas como de Salud del Estado Nueva Esparta y /o del País, ya sean públicas o privadas, asimismo, podrán viajar con la expresada niña dentro del País. ASI SE DECIDE .
SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la presente Decisión al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio .....