En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Juez Unipersonal Nº 2 Temporal, de la Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA: Primero: SIN LUGAR la solicitud de Medidas Sobre Guarda, incoada por la Ciudadana FABIOLA MARIA RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.920.363 debidamente asistida por el ABG. CARLOS RODRIGUEZ PALOMO, Fiscal VI del Ministerio Público, en contra del Ciudadano REINALDO JOSE INDRIAGO PEREZ, venezolano, de mayor edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.200.62. Segundo: En virtud de la situación planteada se establece como REGIMEN DE VISITAS .....