III
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos, único: absuelve al ciudadano José Ramón Mendoza, venezolano, natural de El Tigre, estado Anzoátegui, de 44 años de edad, nacido el 09 de julio de 1960, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad nro. 8.390.440, residenciado en el Valle de Pedro González, Calle Fajardo, casa s/n, de color beige, estado Nueva Esparta, de la comisión del delito de lesiones culposas graves, previsto y sancionado en el artículo 422, ordinal segundo, en concordancia con el artículo 417, ambos del Código Penal. Se decreta la inmediata libertad del acusado José Ramón Mendoza. Se le exonera del pago de las costas, por ser la defensa gratuita. Se deja constancia que las partes fueron notificadas de la dispositiva de la presente sentencia.....