este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se da por terminado el Juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
EL JUEZ,
Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA TEMPORAL.
ABG AYLEEN PÉREZ BIANCO.
VC*
Exp. Civil Nº 13-3104