este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abogado FIDEL LÁREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 121.478 en su condición de Apoderado Judicial de la empresa A.C. DEALER,C.A., debidamente Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de La Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 15 de abril de 1993, anotado bajo el Nro. 384, Tomo IV+, Adicional Nro. 7, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas...