En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EMILIO CARLOS GALIÑANEZ GONDAR a las ciudadanas MARIA MANUELA ESMERALDA GALIÑANEZ GONDAR y MARIA JESUS GALIÑANEZ GONDAR Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 3.856.857 y V- 3.534.149, respectivamente, de este domicilio en su condiciones de Hermanas legitimas del finado.