PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el abogado ISAIAS CARRERAS en su carácter de apoderado del ciudadano JUAN RAMON MOTA ZARATE, en contra de la sociedad mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES ALBRIC, C.A, todos identificados.
SEGUNDO: Se acuerda que la sociedad mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES ALBRIC, C.A, debe ser condenada a cumplir con el contrato en los términos en que fue suscrito, lo cual involucra la entrega de la vivienda y la parcela sobre ella construida, situada en la manzana N°. 1, signada con el N°. 4, que forma parte del Conjunto Residencial Guadalupe Village, ubicado en el crucero de Guacuco, sector Las Huertas, Municipio Arismendi de este Estado, o bien, otra de similares características, con un área de construcción aproximada de ciento treinta metros cuadrados (130mts2), que se encuentre edificada sobre una parcela de terreno de aproximadamente doscientos metros cuadrados (200mts2) cuyos linderos y medidas ..............