Remisión que se le hace a los fines que una vez capturado dicho ciudadano deberá ser puesto a la Orden de este Tribunal de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Nueva Esparta, en virtud de la declinatoria de Competencia realizada por el Tribunal de Juicio N° 01 Penal Ordinario, en fecha 19 de septiembre de 2011.-