.., se puede evidenciar de la anterior transcripción que hubo un error material en el citado dispositivo, al condenar en consta a la parte actora-reconvenida, en este sentido y en virtud del error material e involuntario de trascripción cometido en la referida sentencia dictada en fecha 28 de Marzo de 2.012; este Tribunal, procede aclarar el respectivo dispositivo tercero, de la siguiente manera: Donde dice: "...Se condena en costa a la parte demandante-reconvenida, por haber resultado totalmente vencido en el juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civi,..." DEBE DECIR: "...Se condena en costa a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencido en el juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil..."
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Déjese copia de la presente aclaratoria de sentencia en el copiador de sentencias respectivo llevado por este Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en e.....