DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arisemndi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, del ciudadano GILDARDO DE JESUS SALAZAR BURITICA titular de la cedula de identidad E-81.853.152, presentada por la ciudadana CHYRLISS SAEEN SALAZAR CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.844.977, debidamente asistida por la abogada Isabella del valle Obando Torcat, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-.19.897.374 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 180.478, destinada a subsanar los presuntos errores: 1) Allí se dice en el acta de d.....