Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos promovidos por los solicitantes, quienes en sus deposiciones aparecen serios y contestes al aseverar, que conocen de vista, trato y comunicación al ciudadano Rómulo Isaías Cova, asimismo diga si de igual forma conocen a los ciudadanos, José Miguel Cova Marcano, Mibel José Cova Marcano, Viannerys José Cova Marcano y Roysbel José Cova Marcano, igualmente si sabe y les consta que el finado Rómulo Isaías Cova, falleció el 01 de Marzo de 2.015, en el Municipio Villalba, además si sabe y les consta que los únicos hijos e hijas legítimos y herederos del finado Rómulo Isaías Cova, son los ciudadanos anteriormente identificados y que del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, las cuales se aprecian y se les da valor probatorio, establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se desprende y está demostrado el derecho que los solicitantes alegan, en consecuencia este Juzgado Cuarto de .....